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Donar una casa a un familiar en Yucatán: costos e impuestos

11 de julio de 2026 · Equipo Mérida Yucatán City Real Estate

Guía práctica de la donación de inmueble a familiares en Yucatán: costos, impuestos, exenciones y pasos ante notario para hacerlo bien.

Donar una casa a un hijo, a los padres o al cónyuge es una de las formas más comunes de ordenar el patrimonio familiar en Yucatán. Suena sencillo: “se la paso a mi hija y listo”. En la práctica, una donación de inmueble es un acto que debe hacerse ante notario, con su propio costo y con implicaciones fiscales que conviene entender antes de firmar. En nuestro equipo acompañamos a familias en este trámite y aquí explicamos, sin adornos, cómo funciona.

Qué es una donación de inmueble

La donación es la transmisión gratuita de la propiedad de un bien de una persona (el donante) a otra (el donatario). A diferencia de una compraventa, no hay pago de por medio: el donante entrega la casa por voluntad propia. Cuando el bien es un inmueble, la ley exige que la donación se haga en escritura pública ante notario e inscrita en el Registro Público de la Propiedad. Un acuerdo verbal o un papel firmado en casa no transmite la propiedad y suele generar conflictos serios más adelante.

Los costos reales del trámite

Aunque no haya precio de compra, donar cuesta. Estos son los conceptos que normalmente aparecen:

  • Honorarios del notario: se calculan sobre el valor del inmueble según el avalúo, con su propia tarifa.
  • Avalúo: un perito valuador determina el valor comercial o catastral de referencia. Ese número es la base para calcular impuestos y derechos.
  • Derechos de inscripción en el Registro Público de la Propiedad del estado.
  • Certificados de libertad de gravamen, de no adeudo predial y de agua.
  • Actualización catastral cuando corresponde.

En conjunto, estos gastos suelen representar un porcentaje del valor del inmueble. No damos cifras fijas porque dependen del avalúo específico y de las tarifas vigentes; lo correcto es pedir una cotización a la notaría con el valor real de tu casa en mano.

El punto fiscal: ISR e impuesto sobre adquisición

Aquí es donde muchas familias se llevan la sorpresa, en un sentido o en otro.

  • Impuesto Sobre la Renta (ISR): la ley federal contempla que las donaciones entre ascendientes y descendientes en línea recta (padres a hijos, hijos a padres) y entre cónyuges pueden estar exentas de ISR, siempre que se cumplan requisitos y se declaren correctamente. Es decir, donar una casa de un padre a un hijo suele no generar ISR para quien la recibe. En cambio, una donación entre hermanos, tíos y sobrinos, o entre personas sin parentesco, normalmente sí causa ISR y puede volverse muy costosa.
  • Impuesto sobre adquisición de inmuebles: es un impuesto local que se paga al transmitir la propiedad, incluso por donación. Se calcula sobre el valor del avalúo.

La diferencia entre donar a un descendiente directo y donar a un familiar lejano puede ser enorme en términos de impuestos. Por eso vale la pena revisar el parentesco antes de decidir la vía.

Aviso: los montos, porcentajes, exenciones y requisitos fiscales cambian con el tiempo y según cada caso. Antes de firmar, confirma tu situación específica con el notario y con un contador o perito fiscal vigente. Este artículo es orientativo, no asesoría fiscal personalizada.

Documentos que vas a necesitar

Para agilizar el trámite, reúne desde el inicio:

  • Escritura vigente del inmueble a nombre del donante.
  • Identificaciones oficiales de donante y donatario.
  • CURP y RFC de ambas partes.
  • Boletas de predial y agua al corriente, con certificados de no adeudo.
  • Avalúo actualizado del perito autorizado.
  • Acta de matrimonio o de nacimiento que acredite el parentesco, clave para la exención.

Si el inmueble está en copropiedad o forma parte de una sociedad conyugal, hay pasos adicionales que el notario te indicará.

Donación vs. herencia: qué conviene

Muchas familias dudan entre donar en vida o dejar la casa en testamento. No hay respuesta única:

  • Donar en vida transmite la propiedad de inmediato y evita un juicio sucesorio futuro, pero implica costos y el donante pierde la titularidad. Una alternativa intermedia es donar la nuda propiedad y reservarse el usufructo, para seguir usando o rentando la casa mientras se vive.
  • Heredar por testamento deja al donante como dueño hasta su fallecimiento y suele ser más económico de otorgar, pero después obliga a tramitar la sucesión.

La decisión depende de la edad, la salud patrimonial de la familia y la relación entre las partes. Conviene analizarlo con calma y con números reales sobre la mesa.

Errores comunes que vemos

  • Firmar un “contrato de donación” casero creyendo que ya transmitió la propiedad. No lo hace: sin escritura e inscripción, la casa sigue siendo del donante.
  • No verificar que el predial y el agua estén al corriente, lo que frena la escrituración.
  • Ignorar el impacto de ISR al donar entre familiares no directos.
  • Donar la casa completa cuando la intención era solo asegurar quién la usará más adelante.

El siguiente paso

Una donación bien hecha protege a la familia y evita pleitos costosos años después. Si estás pensando en pasar una propiedad a un familiar en Yucatán, en nuestro equipo podemos ayudarte a ordenar la documentación, entender qué gastos e impuestos aplican a tu caso concreto y coordinar con la notaría el proceso completo. Escríbenos para revisar tu situación con calma, sin compromiso, y decidir la vía que mejor cuide tu patrimonio.

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